Ag猫nciaTribut脿ria de les Illes Balears - A.T.I.B. 780. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jur铆dicos documentados. El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jur铆dicos documentados, es un impuesto cedido por el Estado a la comunidad aut贸noma que grava las transmisiones patrimoniales onerosas "inter vivos"
Conviertasu transmisi贸n en vivo en un evento para recordar con herramientas para la interacci贸n y participaci贸n de la audiencia, como un chat moderado, comentarios, encuestas, preguntas y respuestas, salas de debate, oradores invitados y mucho m谩s. Adem谩s, realice un seguimiento de toda su nueva interacci贸n con los an谩lisis avanzados.
Est谩nexentas de la plusval铆a municipal todas aquellas transmisiones realizadas por el Estado, las comunidades aut贸nomas, entidades gestoras de la Seguridad Social y Cruz Roja Espa帽ola, entre
Lamodalidad sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas deber谩 autoliquidarse cuando se realicen transmisiones retribuidas e inter vivos de toda clase de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas f铆sicas o jur铆dicas, as铆 como la constituci贸n de derechos reales, pr茅stamos, fianzas, arrendamientos, pensiones y concesiones
Fechade transmisi贸n. Tipo de transmisi贸n. Respecto de la fecha de transmisi贸n el criterio de la Direcci贸n General Tributaria y a efectos del IIVTNU, se tendr谩 por fecha de la transmisi贸n por acto inter vivos o herencia, por lo que ser谩 recomendable acudir a las escrituras oportunas en las que se realiz贸 la transmisi贸n. PASO 2.-
ElImpuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) obliga a todos los propietarios de inmuebles a pagar un gravamen en funci贸n del valor del inmueble por su clasificaci贸n catastral. Se trata de un impuesto local, obligatorio, directo, real, objetivo y peri贸dico. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de car谩cter real que grava el
Elvalor de transmisi贸n es el importe real por el que la enajenaci贸n se haya efectuado, teniendo en cuenta el precio de venta de la casa y restando los gastos y tributos asociados a la
Trat谩ndose de rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles situados en territorio espa帽ol, los contribuyentes no residentes deber谩n declarar, e ingresar en su caso, el impuesto definitivo, compensando en la cuota el importe retenido o ingresado a cuenta por el adquirente a que se refiere el art铆culo 25.2 de la Ley del Impuesto.
Laulterior transmisi贸n onerosa por actos 芦inter vivos禄 de las concesiones y actos asimilados del apartado anterior. 7%: En las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual del adquiriente, siempre que se cumplan simult谩neamente los siguientes requisitos: Que el valor de la vivienda no supere los 122.000 euros.
Enel caso de transmisiones inter-vivos, Una vez realizado el pago de la autoliquidaci贸n presentar justificante del mismo junto con el documento de transmisi贸n en el Ayuntamiento de Almu帽茅car por cualquiera de los medios establecidos en el art铆culo 16.4 de la Ley 39/2015, 脷ltimo recibo del IBI puesto al cobro.
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