Ellegislador español, con la reciente reforma, indicó, entonces, que las personas jurídicas pueden ser llamadas a responder penalmente frente a aquellos delitos específicamente señalados en la ley. Al efecto, introdujo el artículo 31 bis, de acuerdo con el cual en los supuestos de hecho previstos en la ley penal, “las personas
Seintroducen nuevos delitos que generan responsabilidad penal de las personas jurídicas. Se modifica la pena de multa aplicable por la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Se agrega el comiso y el comiso de ganancias como pena aplicable a los delitos que pueden cometer las personas jurídicas. Se agrega como pena y/o
Columnade Opinión publicada en El Mercurio Legal este lunes 09 de agosto por Ximena Marcazzolo, profesora investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, sobre el proyecto de ley que se refiere a la materia de nuevos delitos económicos. Nuevos delitos y responsabilidad penal de las personas jurídicas
Eldelito de estafa, regulado en los artículos 248 y siguientes del Código Penal (CP), es el delito por el que a más personas jurídicas se está condenando. Ello no debería extrañar, teniendo en cuenta la multiplicidad de acciones (u omisiones, en su caso), que lo pueden originar. Se entiende por “estafa” cualquier engaño de una
LaLO 5/2010, de 22 de junio. La LO 5/2010 dio entrada a la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el derecho penal español introduciendo con relación a las personas jurídicas: 1º.-. Sistema de incriminación específica (numerus clausus) en determinados delitos. 2º.-.
3 En las personas jurídicas de pequeñas dimensiones, las funciones de supervisión a que se refiere la condición 2.ª del apartado 2 podrán ser asumidas
Delitoque pueden cometer las personas jurídicas. Cabe la responsabilidad penal de las personas jurídicas por el delito recogido en el artículo 325 del CP si se dan los requisitos del artículo 31 bis del CP, siendo castigadas, en su caso, con cualquiera de las siguientes penas:
Comola responsabilidad penal de las personas jurídicas estaba pactada en lo sustancial, prefería pasar de puntillas sobre el tema. ¿Debemos entender en esta clave que está señalando, de ir poco a poco, la promulgación de un catálogo de delitos que pueden cometer las personas jurídicas?
Losargumentos de defensa sobre la RPPJ van encaminados a que se utiliza a la persona Jurídica como forma y método de cometer delitos y no se logra individualizar a los responsables por lo tanto es mejor imputar a la persona jurídica y no a las personas que la conforman-palabras más palabras menos. En mi opinión y a manera de
Comparte Análisis de penas aplicables a las personas jurídicas. Entrando en un breve análisis cuyo detalle se puede observar en el libro “ Los delitos cometidos en el seno de la empresa y su defensa legal ” del autor Daniel Lucas Romero, abogado experto en compliance penal y delitos económicos, podemos decir que las penas aplicables al
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